PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS
De conformidad con el artículo 112.2 del ROF, "la Junta de Gobierno Local celebrará sesión ordinaria cada quince días como mínimo"
Por resolución de Alcaldía de 13 de Junio de 2011 se acordó entre otros, que :
- La Junta de Gobierno celebrará sesión ordinaria los viernes de cada semana, excepto los viernes que caigan en semanas de celebración de Navidades, Semana Santa y Feria, que no habrá celebración de Junta de Gobierno.